• Ciudad del Este, Paraguay
  • 23/04/2024
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RETARDO. Se resolvió una casación en dos años y una inconstitucionalidad en el doble de tiempo. PRESCRIPTO.  La causa nunca pudo ser juzgada, porque el caso prescribió. Las chicanas lo mataron.

Cuatro años tardó la Corte Suprema de Justicia en resolver una acción de inconstitucionalidad planteada al comienzo de una causa que ahora está prescripta.

Se trata del presunto desvío de G. 3.700 millones del MAG. Lo planteó el ex ministro Enzo Cardozo en el 2014 y tuvo resolución en el 2018.

Cardozo, ex titular del Ministerio de Agricultura (MAG), pretendía que no se inicie la causa en su contra, por lo que primero apeló la admisión de su imputación en noviembre del 2014, fundamentando que era un agravio que el juez Humberto Otazú haya admitido su proceso.

¿Los motivos? Decía que había un incidente de nulidad previo que no fue estudiado y de igual manera se admite la imputación. Supuestamente también en el relato de hechos de la imputación no expresaba la conducta de Cardozo y esto lo posicionó en estado de “indefensión”.

Sin embargo, diferente a lo que pretendía, el Tribunal de Apelación confirma su imputación el 17 diciembre de ese año.

Fue ahí que Cardozo recurrió a la Corte y lo hizo planteando una casación y una acción de inconstitucionalidad al mismo tiempo, contra el fallo de Apelación.

INCONSTITUCIONALIDAD

Con relación a la acción de inconstitucionalidad, la Sala Constitucional de la Corte, el 22 de noviembre del 2018 hace un estudio previo a la acción y luego decide rechazar in límine, porque no se cumplieron los requisitos.

Hubo una serie de inhibiciones para que finalmente quede conformada la Sala, la cual se integró por el ministro Antonio Fretes, el ministro César Garay (de la Sala Civil) y el camarista Arnulfo Arias.

Según la ley, de acuerdo a lo que expresa el artículo 554 del Código Procesal Civil (CPC), la Corte debe resolver la acción “bajo la forma de acuerdo y sentencia definitiva en el plazo de 30 días”; sin embargo, se tardó 4 años en hacerlo.

Justamente en este caso se critica fuertemente que la Justicia fue lenta y actuó como aliada para que quede en la nada un caso que no tuvo juicio y, por ende, tampoco culpables.

CASACIÓN

En cuanto al recurso extraordinario de casación –el otro recurso planteado–, es la Sala Penal de la Corte la que resuelve y lo hace luego de 2 años, el 23 mayo del 2017.

La Corte también tardó mucho tiempo para simplemente declararlo inadmisible.

Estuvo integrada por los ministros Miryam Peña y Sindulfo Blanco, además del camarista Gustavo Santander.

Haciendo una conclusión, la Corte resolvió una casación en más de 2 años y una acción de inconstitucionalidad en 4 años, los cuales, si bien no pararon la causa, hicieron que el expediente no esté disponible en el Juzgado.

SIN JUEZ POR 2 AÑOS

En otra cuestión, también la máxima instancia judicial había tardado dos años en sacar una resolución, donde confirmaba al juez de la causa Humberto Otazú, quien debía hacer la audiencia preliminar, para elevar el caso a juicio oral.

Si bien la causa, mientras había quedado a cargo del juez interino Julián López, este no convocó a la audiencia desde julio del 2016 a marzo del 2018, fecha en que recién confirman a Otazú.

Es decir, en todo el 2017 no se intentó hacer la preliminar, pese a que la Fiscalía, el 16 de octubre de ese año, solicitó que se pidan las compulsas del expediente a la Corte, y así señalar una fecha de audiencia.

Esta es una causa que dejó muchas interrogantes, porque nunca se pudo juzgar si en realidad se desvió o no los G. 3.719 millones que se habían desembolsado tanto durante el gobierno de Cardozo como del ex ministro Rody Godoy.

El dinero supuestamente se iba a usar en proyectos para combatir la pobreza y ayudar a agricultores, pero según la Fiscalía, ese millonario monto nunca apareció y el programa jamás se ejecutó.

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